No va a faltar comida a los colombianos. Gobierno garantiza producción, movilización y abastecimiento de alimentos afirma MinAgricultura

«El gobierno garantiza que no le va a faltar la comida a los colombianos», enfatizó el ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Rodolfo Zea Navarro, a propósito del inicio, este 25 de marzo, del aislamiento preventivo que el Gobierno del presidente Iván Duque impuso en todo el país, para contener la pandemia del Coronavirus, y para lo cual expidió el decreto 457 del 22 de marzo, en donde determina los alcances de la iniciativa.

Según explicó el funcionario, en el caso de la cadena de abastecimiento de alimentos, la norma con la que se establece el aislamiento preventivo y obligatorio en todo país autoriza la movilización de productores agropecuarios, el transporte de insumos a los centros productivos necesarios para la actividad agrícola y pecuaria; al igual, que la movilidad de alimentos a los centros de abastecimiento, para garantizar la seguridad alimentaria de los colombianos.

En tal sentido, Zea Navarro pidió a todos los colombianos a no perder la tranquilidad, a tener mesura, a comprar con racionalidad lo necesario y muy importante, a acatar rigurosamente las disposiciones de la Presidencia de la República y las entidades competentes y los protocolos sanitarios durante el tiempo que dure el aislamiento.

«Quiero señalar que todas las entidades del Estado y Ministerios, con el liderazgo del presidente Duque, estamos y vamos a seguir trabajando incansablemente para superar esta horrible situación del Coronavirus.  Pero, para lograrlo necesitamos estar todos empujando hacia una misma dirección», dijo el ministro Zea, al tiempo que reiteró que están tomando todas las medidas que sean necesarias para que no falte la comida en las mesas de los colombianos.

Con respecto a lo dispuesto en el decreto presidencial para este periodo de aislamiento preventivo, el titular de la cartera agropecuaria envió mensaje de tranquilidad a todos los eslabones de la cadena de abastecimiento: «a los productores les digo que podrá seguir con sus actividades agrícolas y pecuarias y que se les asegurará la provisión de agro-insumos y recursos para ello.  El gobierno va a permitir la movilización desde los centros de producción hasta los de acopio y distribución.

¿Qué dice el decreto sobre la producción y abastecimiento de alimentos?

En lo referente al sector agropecuario, el decreto 457 del 22 de marzo para garantizar el derecho a la vida, a la salud en conexidad con la vida y la supervivencia, ordena a los gobernadores y alcaldes, permitir la circulación de personas en diferentes casos o actividades, como lo es la producción y provisión de alimentos.

En este marco, durante este periodo se autoriza a las personas a movilizarse para comprar alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo.  Cumpliendo con las disposiciones de la presidencia como que debe ser un solo integrante por familia, quien realice este procedimiento, resaltó el jefe de la cartera agropecuaria.

En especial, se destaca la autorización de movilidad para la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: (i) insumos para producir bienes de primera necesidad; (ii) bienes de primera necesidad –alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, de ordinario consumo de la población-; (iii) alimentos, medicinas para mascotas y demás elementos innecesarios para atender la emergencia sanitaria, así como la cadena de insumos relacionados con la producción de sus bienes.

Así mismo, para la cadena de siembra,  cosecha, producción, embalaje, importación, exportación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de semillas,  insumos y productos agrícolas, de piscícolas, pecuarios, agroquímicos, fertilizantes, plaguicidas, fungicidas, herbicidas, productos agropecuarios, piscícolas, y pecuarios y alimentos para animales, mantenimiento de la sanidad animal, el funcionamiento de los centros de procesamientos primarios y secundarios de alimentos, así mismo el riego menor y mayor para el abastecimiento agrícola,  la operación de la infraestructura de comercialización, esto garantizando la logística y el transporte de lo anterior.

En el decreto también se garantizar el servicio público de transporte terrestre, por cable, fluvial y marítimo de pasajeros de servicios postales, distribución de paquetería en el territorio nacional, que sean estrictamente necesarios para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19.

Igualmente, la norma garantiza el transporte de carga, el almacenamiento y logística para la carga de importaciones y exportaciones, lo cual permite el suministro normal de agro-insumos para la producción agropecuaria.

El Ministerio de Agricultura está atento

Desde que empezó la emergencia, estamos monitoreando el comportamiento de los precios y los volúmenes de productos que ingresan a las principales plazas mayoristas, para vigilar la provisión de alimentos.   Así mismo, manifestó que se está trabajando con la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), la Fiscalía General de la Nación y otras autoridades competentes para no permitir el acaparamiento de productos y la especulación con los precios.

El jefe de la cartera agropecuaria indicó que en los próximos días estará realizando un ejercicio pedagógico para resolver inquietudes acerca de la norma.

Finalmente, el ministro Rodolfo Zea indicó que «nuestros campesinos son unos héroes, trabajarán incansablemente para abastecernos día a día en nuestro aislamiento preventivo y en el Gobierno estaremos atentos para acompañarlos y apoyarlos; desde el Ministerio de Agricultura tomamos medidas y lideramos las acciones necesarias para protegerlos en esta gran responsabilidad que están asumiendo en favor de todas las familias colombianas.

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